El Gobierno Vasco plantea que, durante el primer trimestre del 2015, el parlamento apruebe y presente la Ley sobre el Ejercicio de Profesiones del Deporte del País Vasco.
El objeto principal de la regulación no es otro que el de ordenar los aspectos esenciales del ejercicio de determinadas profesiones del deporte, reconociendo de forma expresa cuáles son tales profesiones, determinando los títulos académicos necesarios para el ejercicio de las mismas y atribuyendo a cada profesión su correspondiente ámbito funcional general.
Se reconocen como profesiones del ámbito del deporte y se ordenan en la presente ley las siguientes: Profesor o Profesora de Educación Física, Monitor Deportivo o Monitora Deportiva Profesional, Entrenador o Entrenadora Profesional de la modalidad o disciplina deportiva correspondiente y Director Deportivo o Directora Deportiva.